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Las viviendas protegidas son una manera de acceder a un inmueble con precios inferiores a los de mercado. Cada una tiene sus requisitos
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La vivienda es una preocupación para muchos españoles, según el CIS . Precisamente para facilitar el acceso a una existen las viviendas protegidas, tanto en propiedad como en alquiler, con precios más económicos que los de mercado.
Las viviendas protegidas pueden encuadrarse en distintas categorías, que establece cada comunidad autónoma. A continuación, veremos qué significan las siglas más conocidas (VPO, VPPB y VPPL), y qué requisitos se suelen pedir para acceder a ellas.
Las VPO son Viviendas de Protección Oficial. Esta es una categoría que comenzó a utilizarse en los años 60 del siglo pasado para referirse a las viviendas que promovía la administración pública con el objetivo de que fueran más accesibles que las del mercado libre.
Las VPO cuentan con un precio más bajo que las viviendas libres y pueden llevar asociadas facilidades de financiación. Para poder acceder a ellas es necesario cumplir ciertos requisitos.
Actualmente la denominación VPO se utiliza de manera genérica , junto al de vivienda protegida, para referirse a las viviendas que cuentan con algún tipo de protección por parte de organismos públicos y que están sujetas a regulaciones que afectan tanto a su precio como a sus condiciones de adjudicación, uso y transmisión. Es el caso de las VPPB y las VPPL, que veremos un poco más adelante.
Las características de las VPO, como su superficie máxima o el precio por metro cuadrado, junto a los requisitos que hay que cumplir para acceder a ellas, han ido cambiando a lo largo de los años y ahora son las comunidades autónomas las que las establecen.
Sin embargo, se pueden definir algunas características comunes a todas ellas:
Con carácter general, los requisitos que hay que cumplir para acceder a una VPO son los siguientes:
Dentro de las clasificaciones más conocidas de vivienda protegida nos encontramos con las Viviendas con Protección Pública Básica o de Precio Básico (VPPB), tanto para su compra como para su alquiler.
En esta tipología se suelen encuadrar las VPO destinadas a hogares con ingresos medios, con límites máximos que suelen situarse en torno a 5,5 o 6,5 veces el IPREM.
Este límite es superior al de otros inmuebles como las viviendas de régimen especial, que suelen destinarse a hogares vulnerables y colectivos desfavorecidos cuyos ingresos no superan 2,5 veces el IPREM (unos 21.000 anuales).
Las VPPL o Viviendas de Protección con Precio Limitado se destinan a hogares con ingresos algo superiores a los que acceden a las VPPB.
De hecho, el umbral de rentas para acceder a una VPPL es algo mayor que el de las VPPB y se suele situar en torno a 7,5 veces el IPREM. Incluso algunas comunidades como Baleares no establecen un límite de renta para acceder a las Viviendas con Precio Limitado .
También el precio de estas viviendas suele ser algo superior al de las VPPB y en algunos territorios su superficie máxima construida también es mayor.