En nuestro compromiso con la prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, establecemos medidas y revisiones periódicas para evitar, en la medida de lo posible, que nuestros productos y servicios sean utilizamos para prácticas ilícitas.
Las medidas preventivas se articulan fundamentalmente en la aplicación de medidas de diligencia debida, que son reforzadas para aquellos clientes y supuestos en los que se presenta un riesgo de blanqueo más elevado. En particular cabe destacar que:
- Se han desarrollado políticas formales y procedimientos para el establecimiento de relaciones no presenciales incluyendo, entre otras medidas, la validación de los documentos presentados y la verificación de la identidad mediante un contacto independiente con el cliente. Estos procedimientos se han establecido de acuerdo a la normativa española y de la Unión Europea. En particular, la UIF española (SEPBLAC) ha aprobado un procedimiento específico para este tipo de relaciones, en el cual está basada la normativa de CaixaBank.
- Se han desarrollado políticas formales y procedimientos para el establecimiento de relaciones con personas con responsabilidad pública (PRPs,), las cuales cubren la identificación, revisión periódica y monitoreo de sus operaciones, así como la autorización por parte de un nivel superior de dirección: un comité interno formado por altos directivos del área comercial, áreas de control y Cumplimiento concede las autorizaciones para los nuevos clientes y ratifica los existentes.
Además, nuestros equipos reciben formación y actualización constante para prevenir, de forma discreta y activa, el blanqueo de capitales.
Consulta nuestros Principios generales de la Política de Prevención de Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo