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  • Guía Renta 2025 para autónomos: cuándo y cómo presentarla sin errores
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4 Mayo 2026
FINANZAS PERSONALES

Guía Renta 2025 para autónomos: cuándo y cómo presentarla sin errores

Los autónomos deben revisar bien gastos, amortizaciones y reducciones al presentar su declaración de la renta anual

Tiempo de lectura | 4 min.

Un autónomo revisa un documento en papel junto a un ordenador portátil, rodeado de cajas de cartón y material de embalaje en un entorno de trabajo
Retrato de Pedro Rodríguez Mateo, autor (o autora) del artículo
Pedro Rodríguez Mateo Asesoría Fiscal CaixaBank
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La declaración de la renta es un trámite anual que cobra especial importancia en el caso de los autónomos. Es entonces cuando estos trabajadores declaran en detalle los rendimientos obtenidos, aplican reducciones a su base imponible e incluyen las amortizaciones correspondientes al ejercicio. 

La declaración de la renta puede tener un impacto importante en la rentabilidad de la actividad de un autónomo, por eso es tan importante saber cómo hacerla bien. 

¿Están obligados los autónomos a hacer la declaración de la renta?

Aunque los autónomos rinden cuentas con Hacienda varias veces al año, están obligados a presentar la declaración de la renta cada año, sin importar los ingresos obtenidos durante el ejercicio. 

Esto se debe, entre otras razones, a que la declaración de la renta es la herramienta que utiliza la Seguridad Social para regularizar sus bases de cotización en el nuevo sistema por ingresos reales. 

Ahora que ya sabemos que es un trámite que no se puede obviar, veamos cómo hacerla y qué conceptos no debemos olvidar.

Por qué no confirmar (sin revisar) el borrador de la renta si eres autónomo

Ya sabemos que confirmar a ciegas el borrador de la renta no es lo más conveniente para presentar la declaración. En el caso de los autónomos, hacerlo puede suponer, además, un grave error en la inmensa mayoría de los casos.

Aunque siempre conviene comprobar la información que tiene la AEAT sobre nuestros ingresos y gastos (y que refleja en el borrador), esto es algo con lo que los autónomos deben tener especial cuidado por dos razones principales:

  • Retenciones del IRPF: con carácter general, las retenciones de IRPF de los autónomos las practican sus clientes sobre las facturas emitidas.

    El problema surge cuando un cliente retiene el IRPF reflejado en la factura, pero posteriormente no lo ingresa a la Agencia Tributaria o lo declara de manera incorrecta. En estos casos, dicha retención no figurará en el borrador y, aun así, la responsabilidad de declarar correctamente el ingreso íntegro recae sobre el autónomo. 
  • Ingresos y gastos: cada año, los autónomos presentan el modelo 390 o resumen anual del IVA a la Agencia Tributaria. Es importante asegurarse de que los ingresos declarados en ese modelo coincidan al milímetro con los consignados en la declaración de la renta, ya que cualquier discrepancia puede motivar el inicio de un procedimiento de comprobación por parte de la AEAT.

    Además, el borrador no recoge de forma automática todos los gastos deducibles ni todas las amortizaciones aplicables, lo que puede suponer un perjuicio económico al autónomo. Por eso es tan importante dedicar tiempo a la confección de la declaración de la renta.

Gastos deducibles e ingresos: ¿qué hay que incluir en la declaración de la renta de autónomos?

La declaración de la renta de un autónomo no difiere tanto de la de un trabajador por cuenta ajena. 

En ambos casos, es necesario revisar cuidadosamente los datos de su situación personal y familiar para reflejar cualquier cambio producido durante el ejercicio y declarar correctamente sus distintas rentas e ingresos (inmobiliarias, ganancias y pérdidas patrimoniales, rendimientos del trabajo en su caso…), aplicar deducciones estatales y autonómicas personales, consignar gastos deducibles, etc.

La diferencia fundamental entre un contribuyente que tribute exclusivamente por rendimientos del trabajo y un autónomo es que este deberá declarar sus ingresos y gastos por actividades económicas. 

Información que debe incluir el autónomo sobre actividades económicas

Así, el autónomo deberá consignar en su declaración una serie de datos individualizados por cada una de aquellas actividades económicas en las que esté dado de alta: 

  • Identificación de la actividad: código, grupo o epígrafe IAE de la actividad correspondiente, así como la modalidad aplicable para la obtención del rendimiento neto (estimación directa normal o simplificada).
  • Ingresos de la actividad: se incluirán todos los ingresos derivados de la actividad económica, como los ingresos de explotación, subvenciones vinculadas a la actividad, autoconsumo y otros ingresos afectos. En su caso, también deberán declararse los rendimientos financieros procedentes de cuentas bancarias afectas a la actividad.
  • Gastos de la actividad: en este apartado se consignarán los gastos fiscalmente deducibles necesarios para el desarrollo de la actividad (compras, salarios satisfechos, alquileres, seguros, suministros, cuotas satisfechas a la Seguridad Social, etc.).

    Entre esos gastos deducibles se encuentran las amortizaciones de material inmovilizado, que se corresponden con la pérdida de valor paulatina que sufren los distintos elementos en los que se haya invertido. Para el régimen de estimación directa simplificada existe una tabla que recoge los coeficientes que se pueden aplicar y durante cuánto tiempo.

    Por su parte, los gastos de difícil justificación, que son aquellos cuya vinculación con la actividad no es del todo evidente, se calculan y aplican automáticamente en la declaración de la renta. En 2025, equivalen al 5 % del rendimiento neto.
  • Resultados de la actividad o rendimientos: es el resultado de integrar los ingresos y gastos declarados, y se calcula de forma automática en el propio modelo de declaración.
  • Reducciones de la actividad: si el rendimiento neto es positivo, se podrán incluir en la declaración las reducciones previstas en la normativa de IRPF , como la reducción por inicio de actividad o la aplicable a trabajadores autónomos económicamente dependientes, si fuera el caso.

    Esta información se recoge, con carácter general, en los apartados del modelo 100 destinados a las actividades económicas en estimación directa.

    En el caso de los contribuyentes acogidos al régimen de estimación objetiva, los datos se consignan en los apartados específicos correspondientes.

    Es fundamental que los ingresos y gastos declarados en la renta coincidan con los reflejados en los distintos modelos trimestrales y anuales para evitar retrasos en la tramitación de la Renta 2025 o rectificaciones posteriores.

Compensación de pérdidas en la renta

Los autónomos también tienen la posibilidad de compensar saldos negativos por actividades económicas procedentes de ejercicios anteriores. 

Esta compensación puede realizarse, entre otros, con rendimientos del trabajo, rendimientos del capital inmobiliario, como los procedentes de rentas de alquiler de inmuebles, o con beneficios obtenidos por la propia actividad económica. No es posible, en cambio, compensar estas pérdidas con rentas integradas en la base del ahorro, como los intereses de productos bancarios o ganancias por venta de acciones.

Esto es algo que deberá incluir el autónomo en su declaración de la renta, ya que la AEAT solo lo hará automáticamente el primer año. 

Estas pérdidas pueden compensarse durante los cuatro ejercicios siguientes a aquel en el que se generaron. Transcurrido ese plazo sin haber sido aplicadas, se pierde el derecho a su compensación.

Una correcta declaración de la renta va mucho más allá de evitar sanciones. Aplicar las reducciones previstas en la normativa, compensar correctamente las pérdidas y deducir los gastos fiscalmente admitidos tienen un impacto directo en la carga tributaria del autónomo y en última instancia, en la salud económica del negocio, por eso los autónomos deben prestar la atención que merece este trámite anual con el que deben cumplir.

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