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  • Cómo reclamar al Consorcio de seguros si te ha afectado una DANA
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18 Septiembre 2019
FINANZAS PERSONALES

Cómo reclamar al Consorcio de seguros si te ha afectado una DANA

Guía para reclamar al Consorcio los daños por una DANA: requisitos, documentos, canales y seguimiento del expediente

Tiempo de lectura | 4 min.

Coche negro parcialmente sumergido en agua turbia tras una inundación, con gran parte de la carrocería cubierta por el agua.
Retrato de CaixaBank , autor (o autora) del artículo
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Para reclamar daños por una DANA al Consorcio, debes tener una póliza aplicable al bien o persona afectados. Presenta la solicitud cuanto antes por la web oficial, por teléfono o mediante tu aseguradora. Necesitarás datos de la póliza, del siniestro, del asegurado y una cuenta bancaria.

    Si te ha afectado una DANA, fenómeno meteorológico conocido tradicionalmente como gota fría, es posible que tú o alguna de tus posesiones —como tu casa, tu coche o tu negocio— hayáis sufrido daños.

    Si tienes algún seguro contratado, sabrás que la compañía aseguradora no se hace cargo de los daños causados por riesgos extraordinarios como terremotos o inundaciones. Solo indemniza por daños ordinarios, como la rotura de una tubería o un accidente de coche.

    ¿Qué hacer en estos casos? Es necesario acudir al Consorcio de Compensación de Seguros, que será el organismo que se encargará de las indemnizaciones.

    En qué consiste el Consorcio de Compensación de Seguros

    El Consorcio de Compensación de Seguros es un ente público al que las compañías aseguradoras aportan ciertas cantidades de dinero de manera regular.

    De esta manera, se asegura la cobertura de riesgos extraordinarios. Entre ellos, pérdidas generadas por catástrofes naturales, como una DANA, o por el hombre (actos de terrorismo).

    Quién puede reclamar por los daños de una gota fría o DANA

    Para recibir una indemnización por un fenómeno extraordinario, la persona o el bien afectados deben estar cubiertos por una póliza vigente y al corriente de pago. La indemnización se calculará conforme a los bienes, capitales, límites y condiciones incluidos en esa póliza.

    Así, podrá reclamar si tiene contratados, por ejemplo, seguros de vida riesgo, un seguro de hogar, de automóvil o de negocio. Los seguros de comunidades de propietarios también abren la puerta a estas indemnizaciones.

    Tal y como recuerda la OCU , los seguros de vida y accidentes cubren daños físicos incluso si se contratan de manera complementaria a otro seguro o junto a un plan de pensiones.

    Este organismo también es el que se ocupa de los siniestros de seguros obligatorios causados por personas que no tienen suscrito uno o los que quedan pendientes de entidades quebradas.

    Qué cubre y qué no cubre el Consorcio de Compensación de Seguros

    Antes de reclamar por daños ante el Consorcio de Compensación de Seguros, es importante tener claro qué cubre y qué no.

    Entre sus coberturas se encuentran inundaciones extraordinarias debido a un desbordamiento, deshielo o embates del mar. También inundaciones por lluvias torrenciales.

    Además, cubre daños causados por terremotos, maremotos, erupciones volcánicas, tempestades atípicas (tornados o vientos con rachas superiores a 120km/h) y caída de meteoritos y cuerpos del espacio.

    Por el contrario, el Consorcio de Compensación no cubre daños causados por la acción directa de la lluvia o por inundaciones causadas por rotura de presas, alcantarillas o canales, a no ser que se deban a un riesgo extraordinario. Tampoco cubre daños materiales provocados por incendios forestales que no se hayan derivado de un riesgo extraordinario.

    En negocios y actividades económicas, el Consorcio también puede indemnizar la pérdida de beneficios derivada de daños directos en bienes asegurados, siempre que esta garantía figure en la póliza. El alcance dependerá del capital, los límites y las condiciones contratadas.

    Cómo reclamar al Consorcio de Compensación de Seguros por daños causados por la DANA o gota fría

    Para reclamar una indemnización por daños personales o materiales causados por la DANA o gota fría, deberás recopilar cierta documentación.

    Documentación para reclamar por daños materiales

    • Datos de la póliza de seguro: entidad aseguradora y número de póliza.
    • Datos personales: hay que aportar los de quien presenta la comunicación de daños por teléfono y datos del asegurado. Si eres una persona distinta que el asegurado, deberás facilitar el correo electrónico y/o teléfono móvil del asegurado, además de la dirección postal y cualquier otro número de teléfono que consideres oportuno.
    • Datos para el pago de la indemnización: el código IBAN de tu cuenta bancaria, con sus 24 dígitos.
    • Si hay daños a vehículos a motor: marca, modelo y matrícula del vehículo dañado. Si estaba en un taller para su reparación, es conveniente aportar también el nombre, dirección y teléfono de este para agilizar la peritación de daños.
    • Fecha del siniestro.
    • Dirección postal completa, incluido el código postal, del lugar de ocurrencia del siniestro.

    Documentación para reclamar por daños personales

    • Datos de la aseguradora y número de póliza o pólizas que dan derecho a la indemnización. Esas pólizas pueden ser de seguro de vida; de seguro de accidentes individual o colectiva (por ejemplo, las que aseguran a trabajadores, a viajeros o a titulares de tarjetas bancarias); o aquellas con cobertura de accidentes (por ejemplo, una multirriesgo o una de automóvil con seguro de ocupantes).
    • Datos del asegurado afectado y de quien presenta la comunicación, si fueran distintas personas: nombre y apellidos o razón social; NIF o CIF; dirección y teléfonos de contacto.
    • El Código IBAN de tu cuenta bancaria para recibir la indemnización correspondiente.

    Cómo contactar con el Consorcio

    Puedes pedir a tu compañía aseguradora o a tu mediador de seguros que hagan la tramitación por ti.

    Si prefieres tramitar la indemnización por daños causados por la DANA personalmente, puedes hacerlo por estos medios:

    • Web del Consorcio: la web del Consorcio de Compensación de Seguros  permite hacer todo el trámite, con un apartado de «Seguro de riesgos extraordinarios». Ahí podrás completar la solicitud y aportar la información requerida. Es necesario utilizar el DNI electrónico o un certificado electrónico válido.
    • Teléfono: 900 222 665.
    • Delegaciones del Consorcio en los distintos territorios.

    Cómo hacer seguimiento de un expediente abierto en el Consorcio de Compensación de Seguros

    El estado de los expedientes de daños materiales y pérdida de beneficios puede consultarse en el servicio oficial de consulta de expedientes del Consorcio . Para acceder, necesitarás el número completo de expediente y el NIF o CIF de una persona vinculada a él.

    Los estados más habituales del expediente suelen ser:

    • Revisión previa.
    • Entregado a perito tasador.
    • Primer contacto efectuado por el perito.
    • Primera visita realizada por el perito.
    • Tasación realizada y pendiente de resolución.
    • Resuelto denegado.
    • Resuelto con indemnización autorizada.
    • Transferencia ordenada.
    • Transferencia ordenada y devuelta por la entidad bancaria.

    Si necesitas más información o tienes dificultades para acceder al expediente, puedes contactar con el Centro de Atención Telefónica del Consorcio a través del número 900 222 665 o del 952 367 042.

    Consejos útiles para reclamar por daños causados por temporal

    Reclama cuanto antes

    Si vas a reclamar, hazlo lo más pronto posible, preferentemente dentro de los siete días siguientes al siniestro. Cuanto antes formalices la solicitud, antes comenzará la evaluación de daños para poner en marcha el proceso de indemnización.

    Recopila pruebas

    Además, es importante que recopiles todas las pruebas posibles para acreditar que ha sido la DANA la causante de los daños, desde recortes de periódico a fotos, informes de bomberos, emergencias, policía, etc. Si no tienes del todo claro que el daño lo haya causado la DANA, informa a tu compañía de seguros, además de al Consorcio.

    Busca testigos y guarda facturas

    Si puedes, es muy recomendable buscar testigos y conservar los restos de los bienes dañados hasta que vaya el perito. Si es necesario retirarlos, hazles fotos antes. Y si necesitas reparar algo urgentemente, conserva la factura.

    Documentación para el perito

    Cuando vaya el perito, deberás tener disponibles los presupuestos y facturas de reparación de los daños, así como dos ejemplares (original y copia) de la póliza y del recibo de pago de prima correspondiente al periodo en que se hubieran producido para poder entregar al perito las copias. También necesitarás algún recibo o documento bancario en el que conste el código IBAN de tu cuenta.

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