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  • Estas son las novedades fiscales para 2023
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3 Enero 2023
FINANZAS PERSONALES

Estas son las novedades fiscales para 2023

Tiempo de lectura | 3 min.

Novedades fiscales 2023
Retrato de Pedro Rodríguez Mateo, autor (o autora) del artículo
Pedro Rodríguez Mateo Asesoría Fiscal CaixaBank
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Estar al día de las novedades fiscales es importante para cualquier ciudadano. Los cambios en la materia se suceden y pueden llegar a afectar a la planificación fiscal si no se tienen en cuenta.

Planes de pensiones de empleo

En el caso de los planes de pensiones de empleo —que son los que promueven las empresas—, hubo novedades importantes que el legislador introdujo para el año 2022.

A partir del 1 de enero de 2022, la contribución que puede realizar la empresa —con un límite máximo de 8.500 euros— se puede repartir entre ella y el trabajador, siempre que este aporte como máximo la misma cantidad que puso la compañía.

Un ejemplo: si una empresa ha contribuido con 4.250 euros al plan de pensiones de un trabajador, este podrá sumar hasta otros 4.250 euros si lo desea, aparte de los 1.500 euros de aportación individual a los que tiene derecho.

Así, en total, el plan de pensiones de empleo del trabajador podría recibir anualmente una aportación máxima de 10.000 euros.

Sin embargo, si el sueldo bruto del trabajador no supera los 60.000 euros, los presupuestos generales del Estado de 2023 modifican los coeficientes que permiten aumentar su parte de la aportación sobre el límite estipulado para la empresa. Por ello, en función del importe, la aportación del trabajador podría llegar a multiplicar por 2,5 la efectuada por la empresa, siempre dentro del límite máximo de 8.500 euros.

Importe anual de la contribución

Aportación máxima del trabajador

Igual o inferior a 500 euros.

El resultado de multiplicar la contribución empresarial por 2,5.

Entre 500,01 y 1.500 euros.

1.250 euros, más el resultado de multiplicar por 0,25 la diferencia entre la contribución empresarial y 500 euros.

Más de 1.500 euros.

El resultado de multiplicar la contribución empresarial por 1.


Rescate de planes de pensiones

La resolución de 24 de octubre de 2022 del Tribunal Económico-Administrativo (TEAC) indica que si alguien tiene más de un plan de pensiones, puede rescatarlos en años distintos, siempre que se encuentren dentro del límite temporal establecido, y beneficiarse igualmente de la reducción.

Así, si una persona había realizado aportaciones antes de finales de 2006 a tres planes de pensiones distintos, podría rescatarlos en tres años diferentes y aplicarse la reducción del 40 % en la parte correspondiente a cada uno de ellos, de aplicarse lo indicado por el tribunal.

¿Por qué resulta interesante esta sentencia? Por dos motivos: en primer lugar, porque si aparece una sentencia más en este sentido, la Dirección General de Tributos deberá aplicarla obligatoriamente; y, en segundo lugar, porque rescatar los planes de pensiones en ejercicios distintos permite evitar la progresión del impuesto. En este sentido, conviene prestar atención a las decisiones que tome próximamente la Dirección General de Tributos y también a sucesivas sentencias del TEAC.

Deducción por mejoras energéticas de la vivienda

En 2021 surgieron nuevas deducciones en la cuota del IRPF para promover la eficiencia energética de las viviendas. La reciente Ley 18/2022 incluye una ampliación de los plazos que permiten aplicar esta deducción. Concretamente, irán hasta finales de 2023 en las aplicadas por reducir el consumo energético o mejorar la eficiencia energética de una vivienda, y hasta finales de 2024 en el caso de las mejoras realizadas sobre edificios de varias viviendas.

Autónomos: obligados a presentar la renta

A partir de 2023, las personas que se encuentren dadas de alta dentro del régimen de autónomos deberán cotizar en función de lo que ganen. Y, para saber cuánto ganan, la Seguridad Social necesita que estos trabajadores presenten la declaración de la renta.

Así quedó reflejado en el Real Decreto Ley 13/2022, de 26 de julio, que establece el nuevo sistema de cotización por ingresos reales. Esta norma modifica el artículo 96.2 de la Ley del IRPF para establecer la obligación de declarar para todas aquellas personas físicas que en cualquier momento del período impositivo hubieran estado de alta como autónomos.

Por lo tanto, en base a la anterior normativa desaparecen para los autónomos los límites a partir de los cuales estaban obligados a presentar la declaración de la renta. ¿Qué significa esto? En la práctica, que si un autónomo gana un solo céntimo, estará obligado a presentarla.

Ahorro: posibles modificaciones de los tipos

Una de las últimas novedades que se produce de cara a 2023 tiene que ver con el tipo especial por el que tributan las rentas del ahorro. En la actualidad, ese tipo abarcaba del 19 % al 26 %, en función de la cantidad.

Sin embargo, los presupuestos generales del Estado para 2023 prevén un aumento de ese límite superior. Así, para bases liquidables del ahorro por encima de los 200.000 euros, el tipo aumentaría a partir del 1 de enero de 2023 hasta el 27 %, mientras que a las que superen los 300.000 euros les correspondería un 28 %.

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