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  • Cómo gestionar los productos bancarios de un familiar fallecido
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24 Mayo 2023
FINANZAS PERSONALES

Cómo gestionar los productos bancarios de un familiar fallecido

Tiempo de lectura | 5 min.

Testamentaría: cómo gestionar los productos bancarios de un fallecido
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CaixaBank Comunicación
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Cuando un familiar fallece, además de hacer frente a la pérdida, tenemos que enfrentarnos a la gestión de varios trámites administrativos. Entre ellos, se encuentra la gestión de los productos bancarios a nombre de la persona fallecida.

Si estás en esta situación, debes tener en cuenta que cuando acudas a la oficina bancaria para realizar las gestiones y comunicar el fallecimiento, solo se aportará información de los saldos y posiciones de la persona fallecida a las personas con interés legítimo (según establecen los criterios de buenas prácticas bancarias del Departamento de Conducta de Entidades del Banco de España), o a sus representantes legales mediante poder notarial o documento equivalente.

En este post, te resumimos los pasos que debes seguir y los documentos que necesitas para realizar el trámite.

1- Comunicar la defunción

Debes hacer llegar a la entidad bancaria el certificado de defunción emitido por el Registro Civil. Es el documento que acredita el fallecimiento de una persona. Puedes solicitarlo en la sede electrónica del Ministerio de Justicia o en la sede del Registro Civil.

2- Acreditarse como persona heredera

Las personas herederas (en sentido amplio comprendiendo herederos, legitimarios, legatarios, etc.) se designan en el último testamento que otorgó la persona fallecida o, en el caso de no haber otorgado testamento, en la declaración de herederos abintestato. Estas personas tienen derecho a recibir los saldos de los productos bancarios.

Para acreditarte como heredero, necesitas el certificado de actos de última voluntad: es el documento que indica si la persona ha otorgado testamento y cuál es el último testamento, que es el único que tiene validez. Puedes solicitarlo en la sede electrónica del Ministerio de Justicia.

Si la persona difunta otorgó testamento, deberás hacer llegar a la entidad bancaria una copia autorizada de él. Puedes solicitarla en la notaría donde se realizó el testamento.

Si la persona difunta no otorgó testamento, deberás hacer llegar a la entidad bancaria una declaración de herederos abintestato. El acta de declaración de herederos abintestato es el documento público que permite determinar, de conformidad con la legislación civil aplicable a cada caso, quiénes son los herederos y herederas de una persona fallecida que no otorgó testamento y en qué proporción lo son.

La persona heredera deberá pedir cita en la notaría correspondiente a la localidad en la que la persona fallecida tenía su última residencia o domicilio habitual con el fin de tramitar el acta de declaración de herederos abintestato.

3- Firmar la solicitud del servicio y recibir los certificados de saldo

Una vez que se ha acreditado la condición de persona heredera o con interés legítimo en la herencia, deberá firmar la solicitud del servicio para obtener los certificados de saldo de los contratos de los que la persona fallecida era titular o usufructuaria. Con ellos, los herederos o personas con interés legítimo podrán ver los importes que titulaba la persona difunta a fecha de defunción, podrán tramitar la aceptación de la herencia y liquidar el impuesto de sucesiones y donaciones (ISD).

Con la entrega de la documentación, el banco bloquea todos los contratos, da de baja a las personas autorizadas en las cuentas y cancela las tarjetas de la persona fallecida. Los recibos domiciliados se seguirán atendiendo, salvo que todos los herederos indiquen expresamente lo contrario.

En caso de ser necesario, se podrá anticipar saldo únicamente para gastos de sepelio y pago de impuesto de sucesiones.

4- Aceptar la herencia y liquidar el impuesto de sucesiones y donaciones (ISD)

La aceptación de la herencia se realiza en un documento público donde consta también la adjudicación de los bienes que la conforman (los bienes que se van a repartir y el detalle de en qué proporciones se debe hacer). El documento debe estar firmado por todas las personas herederas.

Este trámite debe formalizarse mediante escritura pública acudiendo al notario. En algunos casos, la herencia puede aceptarse mediante un documento privado firmado por todas las personas herederas. CaixaBank puede facilitarte este documento privado para la aceptación, división y adjudicación de los productos que tenía la persona fallecida.

Cuando la aceptación de herencia está lista, es necesario liquidar el impuesto de sucesiones y donaciones (ISD). Se trata de un impuesto autonómico y la presentación debe hacerse ante la oficina liquidadora correspondiente de cada comunidad autónoma.

5- Resolución del expediente

Un equipo jurídico especializado analizará toda la documentación aportada y se emitirá un dictamen que establecerá el reparto de los saldos de los contratos de la entidad bancaria. Se entregará una copia para compartir con el resto de las personas herederas.

6- Reparto

La entidad bancaria llevará a cabo todas las gestiones necesarias para traspasar los saldos desde las cuentas de la persona fallecida a las que faciliten los herederos.

Para más información sobre este trámite, consulta la Guía para gestionar los productos y servicios CaixaBank en la tramitación de una herencia.

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