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28 Octubre 2019
FISCALIDAD

Cooperativas: en qué consisten y cuáles son sus ventajas fiscales

Tiempo de lectura | 5 min.

Cooperativas: en qué consisten y cuáles son sus ventajas fiscales
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CaixaBank Comunicación
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Este tipo de empresa tiene diferentes ventajas fiscales y cada socio tiene el mismo derecho a voto y a la repartición de beneficios

Para desarrollar una actividad laboral, para construir un edificio de viviendas, para poner en marcha una escuela, para ahorrar… Detrás de todos estos propósitos, y muchos otros, puede haber una cooperativa. Este tipo de asociaciones es muy común, aunque no demasiado conocido. Cuenta con un régimen fiscal especial y su historia se remonta siglos atrás.

Así empezaron las cooperativas

Las cooperativas siempre aparecen envueltas en un aura solidaria debido a su régimen de propiedad y gestión democráticas. Puede que esta característica lleve a pensar que se trata de un movimiento reciente. No es así: sus orígenes se remontan, al menos, al siglo XVII e involucran a un grupo de hilanderas escocesas con ganas de diversificar su actividad.

Los primeros registros que existen sobre una cooperativa proceden de Fenwick (Escocia), donde las hilanderas empezaron a vender con descuento el contenido de un saco de avena en la habitación delantera de una casa. Fue el 14 de marzo de 1761 cuando se constituyó la Sociedad de las Hilanderas de Fenwick, que evolucionaría desde un propósito puramente gremial a la compra colectiva de diversos alimentos y libros.

Ya a mediados del siglo XIX, los Pioneros de Rochdale establecieron el movimiento cooperativo moderno. En 1844, un grupo de 28 artesanos que trabajaban en las fábricas de algodón de esa localidad del norte de Inglaterra fundaron la Sociedad Equitativa de los Pioneros de Rochdale, considerada como la primera empresa cooperativa moderna.

Las condiciones precarias de trabajo de los tejedores les impedían pagar los elevados precios de los alimentos y artículos domésticos. Por eso se les ocurrió unir sus recursos y fuerza de trabajo para acceder a los bienes de consumo básicos a un precio más bajo. Comenzaron a vender harina, avena, azúcar y mantequilla en una tienda.

Estos pioneros decidieron que los consumidores debían ser tratados con honestidad, transparencia y respeto, además de participar de los beneficios según su contribución y disfrutar del derecho democrático a tener algo que decir sobre el negocio. Así, cada cliente de la tienda se convirtió en miembro de una cooperativa, lo cual fue todo un éxito. Al principio, abría solo dos noches por semana. Al cabo de tres meses, funcionaba cinco días a la semana.

Más adelante, en 1862, surgieron las primeras cooperativas de crédito a partir de un modelo desarrollado en Alemania por Friedrich Wilhelm Raiffeisen y Franz Hermann Schulze-Delitzsch. Su evolución ha llevado al desarrollo de cooperativas financieras en todo el mundo.

Qué es una cooperativa moderna

Según define la Alianza Cooperativa Internacional, una cooperativa es una asociación autónoma de personas que se unen de manera voluntaria para satisfacer sus necesidades y aspiraciones comunes, que pueden ser económicas, sociales y culturales. Lo hacen mediante la constitución de una empresa que es de propiedad conjunta y de gestión democrática.

Así, las cooperativas son negocios que sus miembros poseen y gestionan. Todos ellos tienen el mismo voto respecto a la actividad del negocio y el reparto igualitario de los beneficios. Esta condición es independiente de que sus miembros sean clientes, empleados o residentes. Por eso existen tantos tipos de cooperativas que sirven para tantos fines distintos.

Concretamente, la Ley 27/1997 de Cooperativas distingue los siguientes tipos: cooperativas de trabajo asociado, de consumidores y usuarios, de viviendas, agrarias, de explotación comunitaria de la tierra, de servicios, del mar, de transportistas, de seguros, sanitarias, de enseñanza y de crédito.

Qué es el Régimen Fiscal de las Cooperativas

Además de la mencionada Ley 27/1997 de Cooperativas, existe otra sobre el Régimen Fiscal de las Cooperativas (20/1990), que establece algunos beneficios fiscales básicos para incentivar la constitución de este tipo de instituciones. En este marco, se establecen dos niveles de protección fiscal: uno general y otro de cooperativas especialmente protegidas, que abarca las de trabajo asociado, las agrarias, las de explotación comunitaria de la tierra, las del mar y las de consumidores y usuarios. Estas últimas tienen, además, una serie de beneficios adicionales, recogidos en el artículo 34.

Por otro lado, esta norma se refiere de manera particular a las cooperativas de crédito y sus particularidades. También a las sociedades agrarias de transformación, que cuentan con beneficios fiscales propios.

A partir de esta legislación, la Agencia Tributaria aplica un régimen especial a las sociedades cooperativas protegidas y especialmente protegidas que no hayan perdido su condición de acuerdo con la ley.

En todo caso, hay que tener en cuenta que las comunidades autónomas tienen competencias en esta materia y sus propias leyes de cooperativas, por lo que debe consultarse cada caso particular con la normativa en vigor.

Beneficios fiscales

Las cooperativas incluidas dentro del régimen especial que aplica la Agencia Tributaria cuentan con descuentos en algunos impuestos, como el de sociedades. En este caso, la base imponible está compuesta por resultados cooperativos y resultados extracooperativos. El 50% de la parte de unos y otros que se destine al Fondo de Reserva Obligatorio puede deducirse de la base imponible. Además, la parte de la base imponible que corresponde a los resultados cooperativos tributa al 20% (al 25% para las cooperativas de crédito).

Las cooperativas protegidas también disfrutan de libertad de amortización de elementos de activo fijos que se hayan adquirido en el plazo de tres años desde su inscripción y pueden compensar pérdidas con posteriores resultados positivos.

En el caso de las cooperativas especialmente protegidas, además, pueden obtener una bonificación del 50% de la cuota íntegra minorada previamente, en su caso, por las cuotas negativas de ejercicios anteriores pendientes de compensar. Algunas pueden, incluso, bonificarse la cuota íntegra hasta el 90% durante cinco años. En cuanto a las explotaciones agrarias asociativas prioritarias, la bonificación de la cuota íntegra es del 80%.

Otros beneficios fiscales de estas organizaciones tienen que ver con la exención en algunos casos del pago del impuesto de actos jurídicos documentados y el de transmisiones patrimoniales. Además, disfrutan del 95% de bonificación en la cuota del impuesto de actividades económicas.

Las cooperativas son iniciativas muy populares que sirven a diversos propósitos: proteger sus valores éticos de solidaridad, democracia, igualdad y vocación social, junto a su capacidad para generar rentabilidad empresarial, es una de las principales razones por las que disfrutan de legislación y fiscalidad propias.

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